Volver al buscadorConsejo de Ministros del 13 de octubre de 2005
LOS PRÉSTAMOS DEL PLAN DE VIVIENDA TENDRÁN EL INTERÉS MÁS BAJO DE LA HISTORIA DE ESTOS PLANES: 2,95 POR 100
Dotación Presupuestaria Total:33.473.000.000 €
Trazabilidad Documental Inmutable
Fuente oficial: Referencias del Consejo de Ministros (Presidencia del Gobierno).
Resumen Ejecutivo
LOS PRÉSTAMOS DEL PLAN DE VIVIENDA TENDRÁN EL INTERÉS MÁS BAJO DE LA HISTORIA DE ESTOS PLANES: 2,95 POR 100 El volumen de los préstamos del Plan de Vivienda asciende a 33.473 millones de euros. El Consejo de Ministros ha acordado hoy establecer el tipo inicial de los préstamos hi
Desglose de Partidas Económicas
33.473 millones de euros
SUBVENCION33.473.000.000 €
Entidades y Ámbitos de Aplicación
Ministerios Responsables
Alcance Territorial
Ámbito estatal / No territorializado
Áreas y Temáticas
General
Organismos / Entidades Citadas
Sin organismos secundarios citados
Contenido Íntegro Oficial
LOS PRÉSTAMOS DEL PLAN DE VIVIENDA TENDRÁN EL INTERÉS MÁS BAJO DE LA HISTORIA DE ESTOS PLANES: 2,95 POR 100 El volumen de los préstamos del Plan de Vivienda asciende a 33.473 millones de euros. El Consejo de Ministros ha acordado hoy establecer el tipo inicial de los préstamos hipotecarios del Plan Estatal de Vivienda, de acuerdo con lo que establece el Real Decreto de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda. El tipo de interés inicial será del 2,95 por 100, lo que supone el tipo de interés más bajo desde la aprobación de los planes de vivienda. El volumen de préstamos que se conveniarán con las entidades financieras asciende a 33.473 millones de euros. Los préstamos convenidos serán concedidos por entidades de crédito que hayan firmado los convenios de colaboración con la Ministra de Vivienda, de acuerdo con la convocatoria realizada por Orden de la Ministra de Vivienda de 5 de octubre y publicada en el BOE de 7 de octubre. Los préstamos serán garantizados con hipoteca, salvo en los casos de rehabilitación. Los citados préstamos no tendrán ningún coste adicional ni comisión para los ciudadanos, ni será necesaria ninguna otra garantía o aval adicional, y financiarán tanto a compradores de vivienda protegida y de rehabilitación como a los promotores de vivienda en alquiler. Respecto a los compradores, el Ministerio de Vivienda concederá ayudas para el pago de las cuotas mensuales de los préstamos hipotecarios a las familias con ingresos inferiores a 3,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Duración de veinticinco años Los préstamos hipotecarios tendrán una duración máxima de veinticinco años, precedido del periodo de carencia. Las cuotas que se paguen a la entidad de crédito serán cuotas constantes a lo largo de la vida del préstamo. Los préstamos a promotores de vivienda de nueva construcción para venta, así como a los promotores para uso propio y a los promotores de vivienda de nueva construcción para alquilar, tendrán un periodo de carencia de tres años, ampliable hasta cuatro años. En rehabilitación será de dos años, ampliable hasta tres años Los préstamos a adquirentes podrán ser objeto de amortización total y parcial, sin que la entidad financiera pueda percibir ningún gasto o comisión.